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Gerencia Regional del Catastro de Galicia-A Coruña

Aprobación ponencias parciales Cedeira y Oleiros

EDICTO


Por Resolución de 30 de agosto de 2011, el Gerente Regional del Catastro de Galicia-A Coruña ha adoptado el siguiente acuerdo:

“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo (BOE núm. 58, de 8 de marzo) y en el artículo 5 del Real Decreto 1127/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, (BOE núm. 165, de 9 de julio), y del apartado d) del artículo 12.1 de la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda (BOE núm. 63, de 14 de marzo), esta Gerencia Regional acuerda aprobar las ponencias de valores parciales de los municipios de Cedeira y Oleiros”

Dicho acuerdo supone la iniciación del procedimiento de valoración colectiva parcial en los citados municipios.

Las ponencias de valores parciales a que se hace referencia, estarán expuestas al público en la Gerencia Regional del Catastro de Galicia-A Coruña calle Comandante Fontanes nº 7 de A Coruña durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.




Contra el mencionado acuerdo podrá interponerse reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que finalice el período de exposición pública. No obstante, se podrá interponer directamente ante el Tribunal Económico Administrativo Central. Con carácter potestativo y previo a dicha reclamación, podrá interponerse recurso de reposición en el mismo plazo ante el Gerente Regional del Catastro, no siendo posible la interposición simultánea de ambos recursos.

La reclamación económico-administrativa o el recurso de reposición indicados deberán dirigirse en todo caso a la Gerencia Regional del Catastro.

A Coruña, 30 de agosto de 2011

El Gerente Regional,

Benito Bericochea Miranda

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